El registro de la jornada firmado por el trabajador en un papel no es válido: lo sentencia la Audiencia Nacional.
El registro de la jornada laboral para todos los trabajadores es obligatorio desde abril de 2018 con el objetivo de acabar con las horas extras no remuneradas. Así lo recoge el Real Decreto-Ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, publicado en el BOE. Desde entonces son muchas las empresas que utilizan una simple hoja de papel en la que el trabajador firma cuando da comienzo a su horario de trabajo.
Sin embargo, la Audiencia Nacional establece que no es válido.
«La empresa debe garantizar el registro diario de jornada, que debe incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria»